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BASES LEGALES DE LA TICS
El objetivo primordial  de las bases legales de las TIC es acoger un marco normativo que garantice todo lo relacionado con las innovaciones tecnológicas en los aspectos; social, económico, educativo entre otros.

Con el avasallante avance de las TIC el Estado Venezolano ha venido profundizando en la promoción de políticas públicas y en el establecimiento de una base legal para motivar y fortalecer la infraestructura de las mismas, facilitar su acceso y uso en todos los niveles de la población, a través de los gobierno regionales y municipales, que a su vez invierten recursos en la capacitación del talento humano necesario para multiplicar eticamente el proceso de alfabetización tecnológica.

Vale destacar que el proceso regulatorio va a la retaguardia del vertiginoso desarrollo tecnológico, debido a que el primero es efecto de los cambios acelerados y de los inimaginados alcances que ocurren a diario en el área tecnológica.

El ordenamiento jurídico del país, no estaba en condiciones de absorber la tendencia tecnológica que recorría el mundo entero. Es a partir del año 1999 con la aprobación de la Constitución actual y con la creación del Ministerio de Ciencia y Tecnología, que se fundamentan las bases para llevar a cabo  todas las actividades referentes a la incorporación de Venezuela a la nueva Era Tecnológica.

En primer lugar para especificar el punto de partida en el aspecto legal de las TIC, podemos citar los artículos 108 y 110 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en donde se establece que el estado garantizará los servicios de radio, televisión, redes de biblioteca y de informática reconociendo así el acceso universal de la información en todos los sectores como factor clave para el desarrollo económico del país.

Por otro lado  la Ley Orgánica de Educación ampara las TIC, agregando en el artículo 9 "La incorporación y aplicación de las nuevas tecnologías en todas las etapas del sistema educativo".Del mismo modo existe la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, que orienta, organiza y establece los proyectos que se llevarán a cabo en materia de tecnología, fomentando la correcta implementación de los mecanismos establecidos en la ley.

Adicionalmente existen  tres decretos muy importantes que avalan las Tecnologías: El 825, que declara el acceso y el uso de internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico y social del país, así como también en uno de sus artículos señala que el antiguo Ministerio de Educación Cultura y Deportes dictará las directrices para instruir sobre el uso de internet, es decir, no sólo lo incorpora sino lo regula para su correcto funcionamiento; el decreto 3.390, impulsa el software libre en todas las instituciones de administración pública, desarrollado con estándares abiertos, para no limitar a las personas al uso de una licencia privada, principalmente a las instituciones educativas; y el decreto 1.290 que viene a formar parte en el año 2.008 del Ministerio de Ciencia y Tecnología el cual define las estrategias y lineamientos que orientan todas las políticas en materia Tecnológica.

De igual manera la LOPNA en uno de sus artículos establece la inclusión a los niños y los adolescentes en todos los aspectos de investigación Tecnológica: y por último la Ley de Telecomunicaciones que está encargada de promover el desarrollo de los proyectos que se relacionen con la transferencia tecnológica y uso de los equipos.

Es importante destacar, que el trabajo no se termina con la aplicación de una normativa, es de vital importancia mantener permanente vigilado el comportamiento tecnológico y el ciudadano, toda vez que frecuentemente, cada norma encuentra su contraparte en personas que de manera antiética, buscan artificios para violar de manera consciente la norma establecida.

Las tecnologías de la información han sido conceptualizadas como la integración y convergencia de la computación microelectrónica, las telecomunicaciones y la técnica para el procesamiento de datos, sus principales componentes son: el factor humano, los contenidos de la información, el equipamiento, la infraestructura material, el software y los mecanismos de intercambio electrónico de información, los elementos de política, regulaciones y los recursos financieros.

Si analizamos detenidamente estos componentes, nos damos cuenta que son los principales protagonistas del desarrollo informático, en una sociedad tanto para su desarrollo como para su aplicación, las tecnologías de la información constituyen el núcleo central de una transformación multidimensional que experimenta la economía y la sociedad, de aquí lo importante que es el estudio y dominio de las influencias que tal transformación impone al ser humano como ente social, ya que tiende a modificar no solo sus hábitos y patrones de conducta, sino, incluso, su forma de pensar.

Vivimos en una época de profundos cambios socioculturales originados en gran parte por el desarrollo de la tecnología, ella está creciendo tan rápido que se considera elemento indispensable en la educación de todas las personas, incluso se reclama que sea un área de conexión dentro de los currículos escolares.

Existe un porcentaje considerado de la población que desconoce el uso de la tecnología, por lo cual se ha comenzado a utilizar ampliamente el término de alfabetización tecnológica. Se trata de una alfabetización que capacite a todos los ciudadanos y ciudadanas no sólo para comprender el mundo colmado de productos tecnológicos en que vivimos, sino para analizarlo críticamente y tomar decisiones así como para participar en innovaciones que den respuestas a las necesidades y demandas de nuestras sociedades.

Las TIC, se fundamentan legalmente de la siguiente manera: En la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por la parte educativa en le Art. 102, en el cual se consagra la educación como un derecho humano y donde el estado asume como un deber el conocimiento científico y tecnológico entre otras cosas, en el Art. 103 se plantea el derecho de toda persona a la educación en igual condiciones y oportunidades.

Por otra parte la constitución desde el punto de vista tecnológico en su Art. 108 y 109 establece que los medios de comunicación social públicos y privados contribuirán con la formación ciudadana y las instituciones educativas deben incorporar los conocimientos y aplicación de las nuevas tecnologías; y el Art. 110 nos dice que el estado reconoce la tecnología y sus aplicaciones como medio para el desarrollo del país en todos sus aspectos y dispondrá de los recursos necesarios para su desarrollo y prevé la participación de los entes privados.

De igual manera LA LEY ORGANICA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y COMUNICACIÓN en su Art. 01 establece a esta ley como el instrumento que orienta en materia de ciencia y tecnología para fomentar la investigación científica y fomentar e impulsar el desarrollo nacional.

En tal sentido el decreto 825 de la presidencia de la republica establece el uso de la INTERNET como política prioritaria para el desarrollo de la nación y el decreto 3390 establece el uso del SOFTWARE libre como uso obligatorio para la administración publica nacional.

Después de todo lo expuesto podemos decir que las TIC. Tienen un sustento legal bastante grande y apropiado para crear una plataforma firme que pueda mantenerse en el tiempo y en relación a la educación no queda a la deriva es englobada dentro de la legalidad de una manera coherente.

Pero el gobierno a hecho grandes esfuerzos en implantar las TIC. Y a pesar de esto no se a logrado las metas, por una parte la plataforma del satélite “Simón Bolívar” no a llegado a todos los rincones del país, eso por la parte tecnológica y por la parte educativa no se a logrado integrar a los docentes en su totalidad a la alfabetización tecnológica los cuales han presentado una gran resistencia a estas nuevas herramientas por diversas razones y mientras no se logre superar este obstáculo no se podrá avanzar con paso firme y rápido a ese mundo nuevo de la tecnología.


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